La prescripción en el ámbito de las relaciones contractuales
¿Qué es la prescripción en el ámbito del derecho civil español?
En el ámbito del derecho civil español la prescripción se articula como un mecanismo legal que se asienta en la necesidad de limitar el ejercicio de los derechos por el transcurso de un determinado lapso de tiempo, con objeto de garantizar la seguridad jurídica en el marco de las relaciones contractuales. Su regulación la encontramos en el Título XVIII del Libro IV del Código Civil, dedicado a las obligaciones y contratos, concretamente en los artículos 1930 al 1975.
Así pues, por medio de la prescripción se adquiere el dominio y demás derechos reales; y también se extinguen los derechos y acciones, sean de la clase que sean.
¿Cuáles son los tipos de prescripción en el Código Civil?
La prescripción extintiva, que es aquella que afecta a los derechos de contenido patrimonial, e implica la extinción de la acción o del derecho por el transcuso del tiempo fijado por la ley y la falta de ejercicio del mismo. Tiene una base objetiva, por lo que opera automáticamente con el mero transcurso del tiempo. Al respecto, es importante saber que no puede ser apreciada de oficio sino que debe ser invocada por el interesado, bien sea en el marco de un proceso judicial, o bien a modo de oposición en el marco de una relación extrajudicial.
La prescripción adquisitiva o usucapión, que es aquella que afecta al derecho de propiedad, e implica la adquisición del dominio u otro derecho real susceptible de posesión, mediante el uso de la cosa como si fuera propia durante el tiempo que establece la ley. Por lo que refiere a ésta, interesa destacar que la ley distingue entre la ordinaria y la extraordinaria, siendo la diferencia entre ambas, que la primera contempla un plazo de tiempo más corto y exige la concurrencia de unos determinados requisitos como son el justo título y la buena fe; mientras que la segunda, no requiere de dichos requisitos y contempla un plazo de tiempo más largo.
¿Cuáles son los plazos de prescripción establecidos legalmente?
El Código Civil establece diferentes plazos atendiendo a los distintos tipos de acciones ejercitadas:
- Las acciones reales: 6 años (bienes muebles) y 30 años (bienes inmuebles)
- Las acciones hipotecarias: 20 años
- Las acciones de pagar pensiones alimenticias: 5 años
- Las acciones de satisfacer precio de arriendos (fincas rústicas o urbanas): 5 años
- Las acciones de otros pagos que deban hacerse por años o en plazos más breves: 5 años
- Las acciones personales que no tienen plazo especial: 5 años (antes de 2015 eran 15 años)
- Las acciones de satisfacer el precio de los honorarios profesionales y a farmacéuticos: 3 años
- La acción para recobrar o retener la posesión: 1 año
- La acción para exigir la responsabilidad civil por injuria o calumnia: 1 año
- La acción para exigir responsabilidad civil por obligación derivada de culpa o negligencia: 1 año
¿Cuándo se inicia el cómputo de los plazos de prescripción?
El cómputo del plazo de prescripción se inicia desde el día en que pudieron ejercitarse las referidas acciones, y siempre que no exista una disposición especial que determinie otra cosa.