¿Qué sabemos del arrendamiento de vivienda por temporada?
Supuesto legal De conformidad con la vigente ley de arrendamientos urbanos (LAU), el arrendamiento de vivienda por temporada es aquel arrendamiento que, recayendo sobre una edificación habitable, su destino primordial no es satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario. En este caso, la vivienda arrendada no constituye la vivienda habitual del arrendatario, puesto que su finalidad es la de cubrir la necesidad temporal de vivienda por un motivo concreto, como por ejemplo, vacaciones, trabajo, formación, o tratamiento médico, entre otros. Duración En los arrendamientos de temporada no existe un límite o un mínimo de duración del contrato, por lo que la duración del mismo queda sometida a lo que acuerden las partes. En este contexto, resulta importante que en el contrato se haga constar cuál es el motivo específico del arrendamiento, que su finalidad no es la ocupación indefinida del inmueble, y que no va a constituir la vivienda habitual del arrendatari...